En la ciudad de Viedma, siendo las 18 hs del día 16 de Junio de 2017 se reúne la Junta Electoral de Partido socialista con la presencia de su presidente Diego Martín Salinas y su Secretario Matías Frolla

En primer lugar de procede a designar al compañero diego Martín Salinas como presidente, quedando la vocalía a cargo del Matías Frolla.

En segundo lugar se procede a trata el Reglamento electoral para las Elecciones Primarias Abiertas, Simultaneas y Obligatorias (P.A.S.O.) de Diputados Nacionales 2017, el cual se aprueba en su totalidad en este acto. Quedando redactado de la siguiente manera:

PARTIDO SOCIALISTA RÍO NEGRO
ELECCIONES DE DIPUTADOS NACIONALES 2017
Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.)

Junta Electoral

LUGAR DE FUNCIONAMIENTO:

Rivadavia Nº 124, (8500) Viedma

DÍAS Y HORAS DE FUNCIONAMIENTO

Lunes a viernes de 10 a 12 horas

FECHA Y HORA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE LISTAS PARA LAS P.A.S.O.:

24 de Junio de 18,00 a 24,00 horas.-

REGLAMENTO ELECTORAL

PRIMERO: La Junta Electoral del Partido Socialista de Distrito Río Negro, se integrará por los miembros electos por el Congreso Provincial y se ampliará a razón de un representante por cada una de las listas oficializadas para las P.A.S.O.. Funcionará de lunes a viernes, de 10 hs. a 12 hs., en la calle Rivadavia Nº 124 de la ciudad de Viedma.-Toda la información relativa a la integración, lugar y horario de funcionamiento y demás resoluciones que adopte la Junta Electoral serán publicadas en la página Web www.psrionegro.org.ar o la que en el futuro la sustituya, circunstancia que será fehacientemente informada a cada lista al momento en que se presente a solicitar su oficialización.- La Junta Electoral designará, de entre alguno de sus miembros permanentes a un Presidente y un Secretario, quienes suscribirán toda la documentación.-

SEGUNDO: La Junta Electoral sesionará válidamente con la presencia de la mitad de sus miembros y sus decisiones se tomarán por la misma mayoría. De sus deliberaciones se dejará constancia en actas que, además del Presidente y Secretario, podrán ser suscriptas por los demás miembros que se encuentren presentes.

TERCERO: La presentación de listas para su oficialización a fines de participar en las PASO a celebrarse el día 13 de agosto, vencerá a las 24 horas del día 24 de junio del corriente.-

CUARTO: La lista o las listas de precandidatos a Diputados Nacionales, por el distrito Río Negro, deberán ser presentadas ante la Junta Electoral del PS en las planillas y en el soporte informático que ha establecido la Cámara Nacional Electoral a tales efectos.- Conjuntamente con la o las listas, se deberán presentar:

1.- Nómina de precandidatos acompañada de constancias de aceptaciones de la postulación suscriptas por cada uno de los precandidatos, indicación de domicilio, número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica, declaración jurada de reunir los requisitos constitucionales y legales pertinentes, de acuerdo a los modelos establecidos por la Cámara Nacional Electoral.-

VER FOTOCOPIA COMPLETA DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y CERTIFICACIÓN DE FIRMAS Y DOCUMENTOS.-

2.- Designación de apoderados y responsable económico-financiero de lista y constitución de domicilio especial en la ciudad sede de la Junta.-

3.- Denominación de la lista, en los términos del inciso d) del art. 26 de la Ley 26.561.

4.- Los avales deberán ser presentados en la cantidad y soportes establecidos por la Cámara Nacional Electoral.-

5.- Declaración jurada de los precandidatos comprometiéndose a respetar la plataforma electoral del Partido Socialista y de la lista por la que se postula.-

6.- Plataforma programática y declaración del medio por el cual la difundirá.-

QUINTO: Una vez presentada la lista y previo a su oficialización la Junta Electoral solicitará al Registro Electoral Nacional de Reincidencia los certificados de antecedentes penales correspondientes a los precandidatos, a tal fin los precandidatos otorgarán la autorización pertinente; asimismo verificará de la nómina informada por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que los mismos no se encuentren incluidos en los incisos f) y g) del artículo 33 de la Ley 23.298.-

SEXTO: Presentadas las listas con todos los requisitos establecidos, la Junta Electoral procederá, en el plazo de 48 horas, a controlar el cumplimiento de los requisitos para su validez y a oficializar la o las listas o a observarlas. En este caso, podrá intimar la sustitución o corrimiento, según corresponda, de las precandidaturas que incumpla los requisitos para la postulación o del que no se haya presentado la documentación indicada en debida forma o la integración de avales faltantes en caso de nulidad de alguno de los presentados, lo que deberá realizarse en el plazo perentorio de 24 horas.-

SEPTIMO: Las resoluciones que denieguen la oficialización de listas, son pasibles de recurso de revocatoria, que deberá presentarse por escrito y fundado dentro de las 24 horas de notificada la resolución denegatoria.-

La Junta Electoral deberá expedirse dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación.-

La solicitud de revocatoria podrá acompañarse con el recurso de apelación subsidiaria en base a los mismos fundamentos. Ante el rechazo de la revocatoria planteada, la Junta electoral elevará el expediente, sin más trámite, al Juzgado Federal con competencia Electoral en el Distrito, dentro de las veinticuatro (24) horas del dictado de la resolución pertinente.-

OCTAVO: Los modelos de boletas deberán presentarse para su aprobación ante la Junta Electoral hasta las 18 horas del día 29 de junio, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto 443/11 y disposiciones complementarias.-

Secretaría de Comunicación
Partido Socialista de Río Negro