Se crea órgano de control de transporte público de pasajeros

En la sesión última, el Concejo Deliberante de Viedma sancionó por mayoría el Proyecto de Ordenanza sobre la creación del Órgano de Control de Transporte Público de Pasajeros. El proyecto impulsado por el socialismo a través de la Concejala Mariana Arregui y acompañado por el bloque del FP con la firma del Concejal Facundo Montecino Odarda, obtuvo siete de nueve votos posibles y servirá como herramienta para ejercer control sobre el transporte público de pasajeros local.

A partir de la promulgación de la misma, según su artículo segundo, el Ente de Control del Transporte Público de Pasajeros -en adelante ECTPP-, es un órgano colegiado y participativo que funcionará en el ámbito del Concejo Deliberante y estará conformado por instituciones y/u organizaciones del ámbito público, privado –ver Proyecto de Ordenanza ECTPP-.

Una vez promulgada la Ordenanza, la ciudadanía contará, según las conclusiones del proyecto, con un “…órgano plural y participativo que haga el control del servicio brindado que esté por encima de la autoridad de aplicación y permita auditar el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales por parte del o los prestadores del servicio y las acciones de control que el Ejecutivo Municipal implemente sobre el sistema de transporte así como el funcionamiento de los talleres de inspección vehicular que operen en el marco de las reglamentaciones respectivas”. Además, las empresas prestatarias del servicio de transporte público de pasajeros, deberán someterse a auditorías anuales según uno de los incisos del artículo 6 que a continuación detallamos.

Son funciones y facultades del ECTPP:

a) Controlar el cumplimiento de las normas de calidad que deberá respetar el prestador.
b) Realizar encuestas y evaluaciones periódicas sobre la calidad del servicio y la satisfacción con el mismo por parte de los usuarios y usuarias.
c) Procesar y publicar los datos estadísticos emanados de las encuestas antes mencionadas.
d) Realizar una auditoría anual a la/as empresas prestatarias del servicio.
e) Evaluar y recomendar al Concejo Deliberante los regímenes tarifarios.
f) Analizar los recorridos y las frecuencias de las líneas.
g) Informar, proteger y asesorar a los usuarios y usuarias sobre sus derechos, asegurándoles un trato equitativo.
h) Recibir y tramitar las quejas y reclamos que efectúen las usuarias y usuarios, para lo cual habilitará mecanismos de atención al público.
i) Asistir al PEM y al CD de la ciudad en la elaboración de políticas de planificación, gestión y regulación del sistema.
j) Dictaminar sobre la aplicación de sanciones.

Cabe destacar que el ECTPP toma resoluciones de carácter no vinculante, según lo expresa uno de sus artículos.

Secretaría de Comunicación
Partido Socialista de Río Negro